Jun
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Alumbrado – Primera Parte

Iluminación en vía urbana

Todo vehículo que, por cualquier circunstancia, se encuentre inmovilizado entre la puesta y salida del sol o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que reduzcan sensiblemente la visibilidad en calzada o arcén, deberá tener encendidas las luces de posición.

En estas circunstancias todo vehículo parado o estacionado en calzada o arcén de una travesía insuficientemente iluminada deberá tener encendidas las luces de posición, que podrá sustituir por las de estacionamiento, o por las dos de posición del lado correspondiente a la calzada, cuando se halle estacionado en línea.

Iluminación en vía interurbana

Todo vehículo que, por cualquier circunstancia se encuentre inmovilizado entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas adversas o ambientales que reduzcan sensiblemente la visibilidad en calzada o arcén, deberá tener encendidas las luces de posición.

Túnel

Todo vehículo de motor que circule a más de 40 km/h, entre la puesta y salida de sol, fuera de poblado, por vías insuficientemente iluminadas o a cualquier hora del día por túneles afectados por la señal “túnel” insuficientemente iluminado, llevará encendida la luz de carretera.

Adelantamiento

Se prohíbe la utilización de luz de carretera siempre que el vehículo se encuentre parado o estacionado, así como el empleo en forma de destellos de la luz de carretera o cruce, con finalidades distintas a las previstas como reglamentarias.

Vías urbanas

Todo vehículo que circule entre la puesta y salida de sol, por vías urbanas o interurbanas insuficientemente iluminadas o a cualquier hora del día por túneles afectados por la señal “túnel” suficientemente iluminado, llevará encendida, además de la luz de posición, la luz de cruce.

Vías urbanas poco iluminadas

Todo vehículo que circule entre la puesta y salida de sol, por vías urbanas o interurbanas suficientemente iluminadas o a cualquier hora del día por túneles, pasos inferiores y tramos de vías afectados por las señal “túnel” suficientemente iluminados, llevará encendida, además de la luz de posición, el alumbrado de corto alcance o de cruce. Igualmente, llevará encendido dicho alumbrado en los poblados, cuando la vía esté insuficientemente iluminada.

May
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Partes de la VIA

Apartadero: Es el ensanchamiento de la calzada destinado a la detención de vehículos sin interceptar la circulación por la calzada.

Calzada y carril estrecho: Se entiende por calzada estrecha el tramo de calzada de 6,50 metros de anchura o inferior, mientras que carril estrecho es el que mide menos de tres metros de ancho.

Glorieta: En las glorietas, los que se hallen dentro de la vía circular, tendrán preferencia de paso sobre los que pretendan acceder a aquellas. No obstante, los ciclistas tendrán prioridad de paso respecto a los vehículos de motor cuando circulen en grupo y el primero de ellos haya entrado en una glorieta.

Intersección: Es el nudo de la red viaria en el que todos los cruces de trayectorias posibles de los vehículos que lo utilizan se realizan a nivel.

Isleta: Es la zona elevada o delimitada de una calzada, proyectada o dispuesta de forma que canalice la circulación, situada, generalmente, en una intersección o confluencia de vías.

Paso a nivel: Es el cruce a la misma altura entre una vía y una línea de ferrocarril con plataforma independiente.

Refugio: Es la zona peatonal situada en la calzada y protegida del tránsito rodado.

Vía pecuaria: Es el itinerario practicable para la circulación de animales de tiro, carga o silla, cabezas de ganado aisladas, en manada o rebaño.

Estos animales tendrán preferencia cuando los vehículos que circulen por otra vía sean advertidos mediante la señal de “Paso de animales domésticos”, complementada con la inscripción “Cañada”.

Dicha señalización deberá ser complementada con las correspondientes señales de limitación de velocidad.

Zona de frenada de emergencia: Es una zona de escape de la calzada, acondicionada para que un vehículo pueda ser detenido en caso de fallo de su sistema de frenado.

Zona peatonal: Es la parte de la vía, elevada o delimitada de otra forma, reservada a la circulación de peatones. Se incluyen en esta denominación la acera, el andén y el paseo.

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