Sep
26

Maniobras: Incorporación a la circulación

El conductor de un vehículo parado o estacionado en una vía o procedente de las vías de acceso a la misma, de sus zonas de servicio o de una propiedad colindante, que pretenda incorporarse a la circulación deberá cerciorarse previamente, incluso siguiendo las indicaciones de otra persona en caso necesario, de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios, cediendo el paso a otros vehículos y teniendo en cuenta la posición, trayectoria y velocidad de éstos, y lo advertirá con las señales obligatorias para estos casos

Desde un carril de aceleración

El conductor de un vehículo parado o estacionado o procedente de vías de acceso a la misma que pretenda incorporarse a la circulación deberá cerciorarse previamente de que puede hacerlo sin peligro. Si la vía a la que se accede está dotada de carril de aceleración, el que se incorpora procurará hacerlo con velocidad adecuada a la misma.

Desde camino privado

Siempre que un conductor salga a una vía de uso público por un camino exclusivamente privado, debe asegurarse de que puede hacerlo sin peligro y efectuarlo a una velocidad que le permita detenerse en el acto, cediendo el paso a los vehículos que circulan por ella, cualquiera que sea el sentido en el que lo hagan.

Desde el borde de la vía

El conductor que se incorpore a la circulación advertirá ópticamente la maniobra en la forma reglamentaria. Cuando sea de frente, sin desplazamiento lateral, se utilizará momentáneamente el indicador de dirección correspondiente al lado por el que se realice la circulación.

De un autobús

Con independencia de la obligación de los que se incorporen a la circulación, los demás conductores facilitarán dicha maniobra, especialmente si se trata de un vehículo de transporte colectivo de viajeros, que pretende incorporarse a la circulación desde una parada señalizada.

Sep
25

Normas: Velocidad

Todo conductor está obligado a respetar los límites de velocidad establecidos y a tener en cuenta, además, sus propias condiciones físicas y psíquicas, las características y el estado de la vía, del vehículo y de su carga, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación, y, en general, cuantas circunstancias concurran en cada momento, a fin de adecuar la velocidad de su vehículo a las mismas, de manera que siempre pueda detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pueda presentarse.

Jun
27

Normas: Autovias y Autopistas

Carril de aceleración o de entrada

El conductor que pretenda utilizarlo para incorporarse deberá cerciorarse al principio de dicho carril de que puede hacerlo sin peligro para los que transiten por dicha calzada, incluso deteniéndose si fuera necesario.

Carril de deceleración o de salida

Para abandonar una autopista, autovía o cualquier otra vía, los conductores deberán circular con suficiente antelación por el carril más próximo a la salida y penetrar lo antes posible en el carril de deceleración, si existe.

Emergencia

Todo conductor que por razones de emergencia, se vea obligado a circular por una autopista o autovía a velocidad anormalmente reducida, deberá abandonarla por la primera salida.

Inmovilización

En autopista y autovía para pedir auxilio se utilizarán los postes de socorro si existen, inmovilizando el vehículo en el arcéno la mediana, señalizándolo en su caso.

Prohibición

Se prohíbe circular, tanto por autopista como por autovía, a vehículos de tracción animal y ciclomotores o vehículos para personas de movilidad reducida. no obstante, los conductores de bicicletas pueden circular por los arcenes de las autovías, siempre que sean mayores de 14 años y no esté prohibido por la señal correspondiente.

Remolque

El remolque de un vehículo accidentado averiado en autopista o autovía solo podrá realizarse por otro específicamente destinado a tal fin. Excepcionalmente se permitirá el arrastre por otros vehículos, pero sólo hasta el lugar más próximo donde pueda quedar convenientemente inmovilizado y sin entorpecer la circulación. En ningún caso será aplicable dicha excepción en las autopistas o autovías.

Vehículos especiales

Los vehículos especiales que excedan de las masas máximas o dimensiones establecidas podrán circular, excepcionalmente, por autopistas cuando así se indique en su autorización especial, y los que no excedan podrán hacerlo, cuando puedan desarrollar una velocidad superior a 60 km/h en llano.

Jun
26

La Educación Vial es cosa de todos

Bajo el lema “La Educación Vial es cosa de todos”, hoy han dado comienzo las 8ª Jornadas Estatales de Educación y Seguridad Vial en La línea de la Concepción, con el claro objetivo de intentar promover la formación y la educación continua en materia de seguridad vial como medida preventiva para luchar contra el problema de la seguridad en carretera.

En las mismas, diversos especialistas del sector, entre los que estarán representantes de MAPFRE, debatirán sobre nuevas tecnologías, buenas prácticas, iniciativas para gestionar la seguridad vial… En definitiva, un marco inmejorable para plantear toda esa serie de cosas que desde Circula Seguro intentamos plantear de una manera más directa y cercana en nuestro día a día.

Leer los objetivos del programa viene a ser algo así como resumir en un listado todo aquello que todos tenemos en la cabeza cuando pensamos en cómo se podría mejorar la Seguridad Vial: “impulsar un cambio cultural profundo”, “desarrollar hábitos”, “valores y actitudes”, “concienciar”, “responsabilidad de todos/as”, “interés público”, “potenciar y apoyar las campañas formativas”, “respeto”…

Los tres días de las jornadas están repartidos en diversos ámbitos del amplio abanico que se pretende cubrir, dedicando el primer día a tratar la educación vial en la familia, el segundo a la educación vial en los centros escolares y de formación, y dejando el último día para tratar el asunto de la educación en la sociedad. Sin duda, unas jornadas que deberían tener toda la repercusión mediática que se merecen por la importancia del tema tratado.

Jun
18

Señales Opticas: Transporte Escolar- Marcha Atras

Transporte escolar

En los vehículos que realicen servicio de transporte escolar deberá ponerse en funcionamiento la señal de emergencia en los puntos parada, tanto de día como de noche, mientras los viajeros entren o salgan del vehículo.

Marcha atrás

Situada detrás, serán una o dos de color blanco. Es obligatoria para los automóviles. Entrará en servicio automáticamente al situarse la palanca de cambio de velocidades en posición marcha atrás y estar conectado el arranque aun con el motor parado. Solo debe encenderse cuando se accione la marcha atrás.

ss_blog_claim=86d80c626754472cc32199036151884c