May
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Usos de las Vias - Primera Parte

Norma general: Como norma general, y muy especialmente en las curvas y cambios de rasante de reducida visibilidad se circulará por la derecha y lo más cerca posible del borde de la calzada.

Camiones y vehículos especiales: En calzadas de tres o más carriles en el mismo sentido de la marcha, los conductores de camiones o furgones con MMA superior a 3.5 T, los de vehículos especiales que no estén obligados a circular por el arcén y los de conjuntos de vehículos de más de siete metros de longitud, circularán por el situado más a su derecha y podrán sólo utilizar el inmediato.

Carriles adicionales: Los vehículos que circulen por los arcenes y por el carril adicional circunstancial adicional lo harán a una velocidad máxima de 80 km/h y a una mínima de 60, o inferiores si así estuviera establecido o señalizado, deberán utilizar al menos el alumbrado de corto alcance o de cruce tanto de día como de noche.

Carril bus: Indica la prohibición a los conductores de los vehículos que no sean de transporte colectivo de circular por el carril indicado. la mención taxi autoriza también a los taxis la utilización de este carril.

En los tramos en que la marca blanca longitudinal esté constituida, en el lado exterior de este carril, por una línea discontinua, se permite su utilización general exclusivamente para realizar alguna maniobra que no sea la de parar, estacionar, cambiar el sentido de la marcha o adelantar, dejando siempre preferencia a los autobuses y los taxis.

Carril para vehículos de alta ocupación : La utilización del carril VAO queda limitada a motocicletas, turismos y vehículos mixtos adaptables, y está prohibida, por tanto, al resto de vehículos y conjuntos de vehículos, incluidos los turismos con remolque, así como a peatones, ciclos y ciclomotores, vehículos de tracción animal y animales.

Los carriles VAO podrán ser utilizados siempre que lleven la señal V-15 por los autobuses con MMA superior a 3.5 T y autobuses articulados, sin importar el número de ocupantes, si así se indica reglamentariamente.

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